miércoles, 4 de noviembre de 2015

UOB Y CCOO SE SUMAN A LA PLATAFORMA CONJUNTA DE SESFI Y UGT

Esta mañana, previo a la mesa de negociación, SESFI y UGT han presentado su plataforma de trabajo a UOB y CCOO, los cuales se han unido para trabajar sobre ella en la mesa de negociación.

BMN ha recibido con agrado la propuesta conjunta y considera que se está en posición de alcanzar un acuerdo.

La mesa de negociación se reúne el próximo martes, último día del proceso, para continuar la negociación y acercar los importes, principal discrepancia con la empresa. Asimismo, se reformularan algunas de las peticiones de los representantes de los trabajadores.

La plataforma conjunta se detalla a continuación:

1.- Ofrecer soluciones viables para matrimonios y parejas de hecho, familias con hijos escolarizados, familias monoparentales o matrimonios y parejas de hecho de empleados, con destino incompatible, fomentando la conciliación familiar.

2.- Facilitar traslado prioritario de personas afectadas a Red Oficinas o a otros departamentos de SSCC BMN u otras instalaciones del GRUPO en su lugar de origen REAL con derecho preferente a ocupar cualquier vacante, facilitando la movilidad funcional.

3.- Especificar en la comunicación de traslado el nuevo centro de trabajo asignado y la fecha de incorporación exacta a las personas afectadas

4.- Conceder 4 días de permiso adicionales para la búsqueda de vivienda, colegio, etc. en el lugar de destino.

5. Aceptar las solicitudes voluntarias del cupo disponible de reducciones del 20%de jornada asignándose el lunes o viernes a elección de afectado.

6.- Facilitar acceso a préstamos de 1ª vivienda y anticipos a los afectados en condiciones de empleado así como la exención de cualquier gasto financiero derivado de la formalización de los avales requeridos por los propietarios de los inmuebles arrendados.

7.- Establecer un pago único sin necesidad de justificación de ayuda a gastos de traslado de 6.000,-€

8.- Establecer una ayuda de gastos de vivienda de 800,-€ mensuales durante 48 meses a las personas desplazadas así como la exención de cualquier gasto financiero derivado de la formalización de los avales requeridos por los propietarios de los inmuebles arrendados.

9.- Abono de los gastos de transporte semanales durante 12 meses a los trasladados.

10.- Asumir las penalizaciones contractuales derivados de rescisión de contratos de los alquiler que soporten los trabajadores así como los derivados de billetes de avión, AVE u otros que se hubieran adquirido con anterioridad.

11.- Crear una lanzadera desde SSCC de MURCIA/GRANADA al aeropuerto/AVE más cercano para facilitar desplazamientos a los compañeros allí trasladados con origen MADRID, CATALUÑA Y BALEARES, así como entre las sedes MURCIA /GRANADA y GRANADA/MURCIA y GRANADA/MADRID.

12.- Mantener la cláusula Madrid firmada en las novaciones de contratos de SSCC de Madrid en los nuevos destinos.

13.- Retroactividad de aplicar las condiciones de este acuerdo a las personas trasladadas desde SSCC Madrid a esos centros en los últimos 18 meses actualizándolas a las firmadas en este acuerdo y reconociendo la movilidad a efectos de beneficios sociales.

14.- Indemnización por no aceptar los nuevos traslados por importes correspondientes a 45 días por año con un máximo de 30 mensualidades así como mantenimiento de las condiciones de empleado.

15.- Las personas trasladadas tendrán derecho a acogerse a las condiciones de desvinculación que se firmen en este acuerdo durante los 12 meses posteriores a la fecha efectiva de traslado.

16.- Propuesta de firmar un acuerdo para prejubilación de personas de más de 55 años solicitamos que se estudie en Mesa Laboral.

17.- Se constituirá una comisión de asesoramiento al empleado con participación sindical o se participará en la oficina del empleado con la finalidad de que se estudien las solicitudes de ajustes entre departamentos, movilidad funcional o cambios de destino del personal afectado o cualquier casuística especial para darle solución.

Se informará a la plantilla de la constitución de esta comisión y de que pueden dirigirse a ella.


18.- Se constituirá una Comisión de Seguimiento de este acuerdo.

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