miércoles, 1 de junio de 2016

PLAN DE IGUALDAD IV


GESTIÓN DE TIEMPOS DE TRABAJO EN BMN.

RECONOCIMIENTO, REDUCCIÓN Y REORGANIZACIÓN

Para UGT es muy importante que haya quedado reflejado que el Plan de Igualdad es un pacto vivo y abierto a continuas mejoras. Nos queda mucho por hacer todavía, pero también estamos contentos porque hemos conseguido  reflejar, en el camino iniciado, la importancia que tiene el tiempo en nuestra vida: nuestra jornada laboral y fuera de la misma.  Se abre un camino hacia el reconocimiento del tiempo como un variable importante no solo para la conciliación también para el éxito de la propia empresa.

La plantilla de BMN quiere trabajar  en una empresa con mejores medios y productos y con tiempos eficaces que realmente contribuyan al objetivo de beneficio de la empresa y, a la vez, al objetivo de una mejor distribución de los tiempos, que persigue siempre mayor eficacia y eficiencia.  

El concepto de la jornada laboral, se reafirma transversalmente en el acuerdo firmado, y de forma directa en los acuerdos firmados de permisos y de centros de jornada singular.

En estos acuerdos se ha huído de discriminaciones y matices no objetivos, para atender a la voluntariedad, a la profesionalidad y se permite a todo el personal acceder a los mismos, en las mismas circunstancias dotando de tiempos de descanso suficientes a estas jornadas especiales.

En esta medida hemos conseguido que aparezcan, la reducción y la reorganización de tiempo de trabajo, como elementos importantes en el Plan de Igualdad.

La reducción de los tiempos de trabajo llegará por tres vías:

- La primera: Organización de tiempos de trabajo.

El plan de Igualdad incide en que las reuniones no se convocarán con menos de 48 horas de antelación. Tanto las formativas, como las reuniones de negocio o las de la oficina. Si alguien te convoca a una reunión fuera de tu jornada o incluso durante la misma es necesario que lo haga con al menos 48 horas de antelación, si no es posible hacerlo con la semana acostumbrada.  Esto no estaba recogido en ningún lugar aunque en  algunas territoriales, era costumbre, en otras te convocaban por la noche a una reunión a la mañana siguiente, nadie tiene obligación de leer un correo vespertino.
Por lo que se trata a la formación que imparte la empresa ha de ofertarse a unos horarios razonables y compatibles con la propia jornada y con el descanso debido.  Los cursos on line, deben tener tiempos razonables de ejecución, con la jornada y la vida personal.  Esto también está regulado en el plan de Igualdad. Podremos acceder a los datos que formación remita a este respecto en las comisiones de formación e igualdad.  Y las oportunidades formativas han de ser las mismas independientemente de la necesidad de conciliación de empleados y empleadas, se ha de facilitar en cualquier caso.

 -La segunda: Reducción de tiempos de trabajo.

Los incrementos  de los días de descanso y permisos nos permiten desarrollarnos a nivel personal.  Necesitamos tiempo para formarnos, para descansar, para que la mente y el cuerpo se reactiven y recarguen para la siguiente jornada. Incluso tiempo para relacionarnos con nuestro entorno, que nos aporta oportunidades para el desarrollo de nuestras tareas.
     Como sabéis, las vacaciones han pasado de 25 a 26 días. Además podemos disfrutar del día de libre disposición que tenemos por convenio. Bajo el Plan de Igualdad, y con el fin de conciliar la vida laboral con la familiar, se ha conseguido un día, que opcionalmente se puede fraccionar hasta un máximo de siete horas) para asistir al centro escolar de nuestros hijos o acompañar a familiares al médico o a una boda hasta de familiar de segundo grado.
     La baja por maternidad se ha ampliado en 14 días naturales y el permiso de lactancia se puede acumular en 15 días hábiles, permiso que gran parte de las compañeras de BMN no podían disfrutar por no estar contemplado en sus convenios de procedencia. En caso de que no se desee acumular el permiso de lactancia, también se ha conseguido ampliar de 9 a 12 meses la reducción de jornada para ese fin.

- La tercera:   Las jornadas son para cumplirlas.

Están perfectamente reguladas, en el Convenio, en el Estatuto y en los acuerdos de BMN. En este
punto siempre es necesario insistir, las jornadas existen para cumplirlas, y esto no es materia de
negociación. Es la ley.  Exceder los tiempos de trabajo debe compensarse económicamente, como
reconoce el estatuto de los trabajadores con el pago de horas extraordinarias. Si la empresa no prevé
el pago de estas horas, directamente no se deben realizar. No podemos ceder a esas presiones. Cada
vez que alguien no ejerce su derecho lo debilita. Si la prolongación es una práctica habitual en tu
centro de trabajo díselo a tu representante sindical.

No hay comentarios:

Publicar un comentario