AMPLIADA
LA EDAD DEL MENOR
A LOS 12 AÑOS
La reforma laboral trae cola. En los
periodos vacacionales el gobierno aprovecha la bajada de guardia propia de
estas fechas para cambiar el Estatuto de los Trabajadores evitando todo debate.
Ya sucedió en agosto y ahora vuelve a pasar con la última modificación recogida
en el Real Decreto Ley 16/2013 de 20 de diciembre de 2013.
En esta norma se recoge, entre otros
cambios (muchos referentes al contrato a tiempo parcial, que parece ser la
estrella de la contratación en este país últimamente), uno que te afecta si
estás en reducción de jornada por cuidado de hijos, piensas solicitarla o te
has planteado esta opción alguna vez:
Anteriormente, este derecho a reducción
de jornada diaria, con descuento del salario de forma proporcional, abarcaba
hasta la edad de 8 años del menor. La nueva norma, justificada como necesaria
para favorecer la conciliación de la vida familiar y laboral, ha modificado
esta edad hasta los 12 años del
menor. (Este particular ya lo venían disfrutando los funcionarios públicos, no
así el resto de trabajadores).
NUEVA
REDACCIÓN: Art. 37.5 E.T. “Quien por
razones de guardia legal tenga a su cuidado directo algún menor de 12 años o una persona con discapacidad
física, psíquica o sensorial, que no desempeñe una actividad retribuida, tendrá
derecho a una reducción de la jornada de trabajo diaria, con la disminución
proporcional del salario entre, al menos, un octavo y un máximo de la mitad de
la duración de aquélla”
Si deseas solicitar tu derecho a
reducción de jornada en base al art. 37.5 de E.T. o ampliar la duración de la
misma, tendrás que comunicar a Recursos Humanos tu intención e indicar las
condiciones de la reducción de jornada horaria (duración, porcentaje de
reducción, etc). Nuestra recomendación es que pongas en conocimiento del
sindicato la tramitación de la solicitud, en su caso, de modo que pueda
efectuar un seguimiento que garantice el ejercicio de tu derecho con todas las
garantías.
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