domingo, 12 de enero de 2014

La italianización de les cajas de ahorro



GIRONA | J.CUARTAS La ley de Fundaciones Bancarias y Cajas de Ahorros , que acaba de entrar en vigor y que obligará a las cajas de cierto tamaño ( todas menos dos ) a convertirse antes de que termine este año en una nueva figura llamada " fundación bancaria" , supone la definitiva empuje legislativa para la " italianización " del sector de las cajas de ahorros españolas , que hasta la actual crisis económica representó un poco más del 50 % del negocio financiero estatal.

La nueva norma - e incluso en determinados aspectos algunas de las anteriores que se dictaron en plena crisis financiera - sigue el modelo de transformación de las cajas de ahorros que Italia puso en marcha en 1990 con la llamada " Ley Amato - Carli "y algunas directivas y decretos posteriores .

Hasta el 2010, España contaba con 45 cajas de ahorros en un país que al llegar a tener 80 en el pasado . En tres años , las 45 cajas españolas se han reducido a 21 . Las 24 restantes no han podido sobrevivir a la crisis y han desaparecido . Son las 21 supervivientes las que -con la excepción de dos minúsculas , que seguirán siendo cajas- deberán reconvertirse antes de fin de año en fundaciones bancarias . De estas 21 cajas que han logrado perdurar tras el " terremoto" financiero , sólo 7 lideran y mantienen la mayoría de control en sus respectivos negocios financieros . Se trata de la catalana La Caixa , que es hegemónica en Caixa Bank , la vizcaína BBK en Kutxa Bank , la aragonesa Ibercaja a Ibercaja Banco , la malagueña Unicaja Unicaja Banco y la asturiana Cajastur a Liberbank , junto con las pequeñas cajas Caja Ontiyent ( Comunidad Valenciana ) y Caixa Pollença ( Baleares ) .

Caja Murcia perdió el año pasado la condición de mayor accionista del banco BMN en beneficio del fondo estatal FROB .

La " Ley Amato " , que entró en vigor el 30 de julio de 1990 , supuso -como pretende la actual norma española- que las cajas italianas escindir su actividad en dos entidades distintas : el negocio financiero de las cajas se traspasar a una sociedad anónima bancaria y las funciones sociales de las cajas se reorganizaron con el carácter de fundación . La justificación -al igual que ahora en España -fue que las cajas , al no tener accionistas ni disponer de una configuración como sociedad mercantil , estaban imposibilitadas , dado que no tenían accionistas , para recapitalizarse mediante ampliaciones de capital para hacer frente a períodos de dificultad financiera y tensiones de solvencia .

El traspaso del negocio financiero a un banco ( una sociedad anónima filial o participada ) debía permitir , a juicio del legislador , la captación de capitales en caso de crisis , las fusiones y otras operaciones corporativas y dificultar la politización de la gestión financiera . De la misma manera que ahora en España , toda esta transformación radical de un modelo vigente desde hacía varios siglos se planteó como una opción voluntaria pero terminó siendo un imperativo legal .

El 18 de noviembre de 1994 se dio un paso más en Italia con la llamada " Ley número 474 " y la también conocida como " directiva Dini " , que forzó las nuevas fundaciones a reducir su participación en los bancos . La justificación fue propiciar una diversificación del patrimonio de las cajas y hacerlas menos dependientes de sus negocios bancarios .

El tercer paso se dio con el " Decreto Ley Ciampi " (1998 ) y con otro decreto legislativo de 1999 con el que se prohibió que las fundaciones tuvieran posiciones mayoritarias en los bancos a los que se habían transferido sus negocios financieros .

En España , la actual ley incorpora incentivos y elementos disuasorios para que las cajas reduzcan de forma progresiva su actual peso accionarial en sus bancos , al imponerles mayores exigencias regulatorias si una caja o varias que estén aliadas superan el 30% de participación y aún más rigurosas si superan el 50 %. Al final , el legislador español renunció a su voluntad inicial de verter de forma más determinante en las cajas a disminuir su peso accionarial en sus filiales bancarias .

En el anteproyecto de la ley se prohibía a las cajas que pudieran acudir a las ampliaciones de capital futuras de sus bancos para mantener o aumentar su cuota accionarial . Ahora sí se les permitirá este tipo de operaciones , aunque en los consejos y en las juntas generales de sus bancos las acciones que adquieran las cajas partícipes mediante futuras suscripciones de ampliaciones de capital ( no así las que dispongan a resultas de la fundación del banco ) no tendrán derecho a voto en el tramo en que con ellas las cajas sobrepasan el 49,99 % de las acciones totales de la entidad bancaria .

En Italia , aunque hubo voluntad expresa de que las cajas no tuvieran participaciones mayoritarias y de control en los bancos , la experiencia indica que , aunque con porcentajes bajos , siguen dominando algunos grupos bancarios relevantes . El ejemplo que siempre se cita es el de Unicredit , la principal entidad italiana , y en la que las antiguas cajas del país , con el 11% , aún mantienen el control.

Las cajas de ahorros españolas surgieron a partir de 1834 , pero según la experiencia de los montes de piedad , cuyo origen se remonta al siglo XVIII , las cajas ya eran fundaciones antes de la actual ley . Según la definición de la Confederación Española de Cajas de Ahorros ( CECA ) , las cajas de ahorros son " entidades financieras sin ánimo de lucro" constituidas como " fundaciones de naturaleza privada" y "con finalidad social " .

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