jueves, 20 de marzo de 2014

¿UNIDAD SINDICAL?

En el comunicado de CCOO-GRUPO BMN en el que justifican su rechazo al Acuerdo de Externalización de Determinados Servicios en BMN, realizan una serie de insinuaciones veladas o no tan veladas  con respecto a la posición  de UGT-BMN de firmar el acuerdo.

Hemos de dejar claro, que cualquier decisión sobre la firma o no del acuerdo es legítima y  cada uno tendrá que asumir su responsabilidad, pero pretender atribuirse como hace CCOO la capacidad de decidir quienes conforman la unidad sindical o quienes no, es un ejercicio de prepotencia al que ya nos tienen acostumbrados

En ningún momento los representantes de UGT en la Mesa de Negociación han sido desautorizados ni por su Ejecutiva Estatal, ni por los Delegados Sindicales, si no que al contrario, han tenido el apoyo claro y expreso de estos. ¿Podría CCOO-BMN decir lo mismo? ¿Dónde está su dirección elegida democráticamente? ¿Cuándo celebró su Congreso?

Por el contrario la posición de CCOO-BMN durante la negociación ha ido dando bandazos desde un extremo al otro, claramente comprensible dado la dispersión existente en esta organización. Y al final se han impuesto quienes pretenden hacer de la acción sindical un ejercicio de irresponsabilidad y mirar exclusivamente sus  intereses electorales en menoscabo de la defensa de los intereses del conjunto de los trabajadores.

¿Qué estarían pensando en estos momentos los trabajadores de BMN, si el escenario hubiera sido el NO al acuerdo? Lo saben muy bien tanto los trabajadores como los compañeros de CCOO, el banco se estaría frotando las manos, pues tendrían la absoluta discrecionalidad para aplicar la Reforma Laboral y a un coste mínimo:

  • La externalización en cuanto a compañeros afectados sería de 150 más 30 a empresas participadas. Pues bien gracias al Acuerdo firmado por UGT, SIC, SELG, SECP y ACCAG,  la externalización afectará a un máximo de 150 trabajadores. Y esto para los firmantes del Acuerdo no es una cuestión baladí.
  • La modificación sustancial de las condiciones de trabajo  conjuntamente con la movilidad geográfica en numerosos casos,  hubiera  supuesto en caso de no ser aceptada por el trabajador una indemnización de 20 días con un tope de 9 ó 12 meses respectivamente. Y  la indefensión ante una multinacional donde le podrían aplicar una modificación de condiciones para homologarlos a sus salarios basados en el convenio de consultoría.
  • Gracias a que existe el Acuerdo, en caso de que el trabajador no acepte pasar a la nueva empresa, la indemnización será de 30 días por año de servicio con un tope de 22 mensualidades más 10.000.-€ en pago único si hay movilidad geográfica.
  • Si aceptase, la garantía del puesto de trabajo de dos años fijos y el tercer y cuarto año en caso de ser despedido, la indemnización sería el previsto para la baja incentivada en el ERE del 28 de mayo 2013 (con la prima de voluntariedad y antigüedad). En caso de movilidad geográfica una indemnización de 12.000.-€ a tanto alzado, además del mantenimiento de las condiciones de empleado en los préstamos.
  • Hemos de destacar y parece que CCOO olvida que las 150 externalizaciones supusieron una reducción en esa misma cantidad en los despidos que planteaba la empresa en la III restructuración.
Cabe ahora preguntarse porqué CCOO-BMN no firma este acuerdo cuando en otras empresa del Sector (por ejemplo Bankia) no han tenido empacho en firmar acuerdos de externalización de servicios sin garantías de empleo, sin compensaciones indemnizatorias, y sin dar oportunidad a los trabajadores de elegir entre la nueva empresa o la indemnización por su salida. La respuesta es clara, concisa y se llama: ELECCIONES SINDICALES EN NOVIEMBRE.


Y por estos intereses no han dudado en romper la unidad sindical, posicionándose junto a sindicatos que ni tienen, ni han tenido ninguna voluntad en llegar a acuerdos. Y de esta forma poniendo en claro peligro los intereses de los trabajadores de BMN.

No hay comentarios:

Publicar un comentario