viernes, 11 de abril de 2014

PRESTAMOS EMPLEADOS

Son numerosas las consultas que ha recibido esta Sección Sindical al respecto de la tramitación de los préstamos de empleado a los que los trabajadores/as tenemos derecho por el Convenio Colectivo y el Acuerdo de Armonización de las Condiciones Laborales en BMN suscrito el 17/12/2013. Desde la entrada en vigor de este acuerdo han sido numerosos los retrasos producidos en la Territorial de Levante en primer lugar como consecuencia de la falta de definición por parte de BMN del tipo de interés aplicable a los préstamos cuando el empleado abandona la entidad y en este momento la falta de puesta a disposición de los empleados de las minutas correspondientes a través de la intranet, tal y como esta Sección Sindical solicito al banco hace más de tres meses y que mediante esta circular volvemos a reiterar.

Para facilitar la tramitación de estos préstamos de empleado, a continuación hacemos un pequeño resumen de las características peculiares respecto al Convenio Colectivo de estos préstamos:

Préstamo compra/cambio vivienda habitual. Producto 4067

  • El empleado solo puede solicitar una sola vez en toda su vida laboral el préstamo de vivienda habitual. El cambio de vivienda lo podrá solicitar tantas veces como le sea necesario.
  • El importe no podrá superar a los 225.000.-€, salvo que por la regla del Convenio Colectivo al empleado le correspondiera una cantidad mayor.
  • Resto de las condiciones serán las del Convenio.
  • Se deberán adjuntar las minutas.
  • Para la aprobación por parte del Departamento 0936 RR. HH. Levante, será necesario adjuntar escaneada escritura de compraventa.
Préstamo Atenciones Varias con garantía personal. Producto 4068

  • Se puede solicitar hasta un importe máximo de 60.000.-€
  • El plazo de amortización será hasta 8 años.
  • Adjuntar las minutas.
  • Requiere intervención notarial (actualmente se ha solicitado en la Comisión de Seguimiento del Acuerdo que solo se intervenga a partir de los 30.000.-€, aunque han contestado que el tema lo está estudiando Asesoría Jurídica).
  • El banco requiere la justificación de la solicitud (presupuesto, factura, etc.), desde UGT, entendemos que este requisito no viene contemplado en el Convenio ni en el Acuerdo y en consecuencia su solicitud es innecesaria.
Préstamo Atenciones Varias con garantía hipotecaria. Producto 4069

  • Se puede solicitar hasta un importe máximo de 60.000.-€.
  • El plazo de amortización  será de hasta 20 años.
  • Adjuntar la minuta.
  • El banco requiere la justificación de la solicitud (presupuesto, factura, etc.), desde UGT, entendemos que este requisito no viene contemplado en el Convenio ni en el Acuerdo y en consecuencia su solicitud es innecesaria.

Los préstamos de Atenciones Varias, solo se puede tener uno en vigor, pero se puede cancelar y formalizar otro tantas veces como se reúnan las condiciones de concesión.

Todos los préstamos tramitados en la Territorial de Levante se trasladan al 0936 RR. HH. Levante y la Propuesta/Resolución se envía escaneada al 9282,

Las condiciones económicas para incluir en las minutas para el caso de extinción del contrato laboral son las siguientes:

1.- Préstamos hipotecarios: Euribor + 1,90.

2.- Préstamos personales: Euribor + 5,75.


De nuevo BMN muestra su inoperancia e incompetencia cuando se trata de cuestiones referidas a los trabajadores, ¿que complicación tiene que las minutas estén colgadas en la intranet? ¿Es desidia o incapacitad? Así trata el banco a los empleados, que son quienes proporcionan la tan cacareada eficiencia.

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