viernes, 5 de diciembre de 2014

MODELO DE RETRIBUCIÓN LIGADO A LA CLASIFICACIÓN DE OFICINAS

El pasado 4 de diciembre se celebró una reunión informativa de la mesa entre la dirección y a la representación laboral, que entre otras cosas de las que ya informaremos, se presentó el nuevo modelo de la clasificación de oficinas de forma anual.

Las características mas importantes se pueden resumir en que la consolidación de la categoría se hará cada cuatro años, y la existencia de retroactividad para los nombramientos producidos desde Febrero 2014.

No se incorporan al nuevo concepto de salario objetivo: ni la antigüedad ni el complemento salarial de fusión (que son personales).

Progresividad en la aplicación del nuevo modelo:

Si a consecuencia de la aplicación se produce una variación negativa, el modelo actúa de la siguiente manera:

Si el plus funcional que corresponda tiene una diferencia  inferior al 50% se aplicará en un año.
Si el plus funcional tiene una diferencia superior al 50% se aplicará en dos años.
Si hay una variación inferior al 2% del bruto se aplica en un año.

Los puestos a los que afecta el nuevo modelo en cuanto a pluses son:

Director de sucursal
Subdirector de sucursal
Gestores Banca Empresas
Gestor de Banca Personal.

La estructura salarial será la siguiente:

Un salario de Convenio definido por el nivel de convenio colectivo, y un plus funcional anual, la suma de los dos da la cifra de Salario Objetivo.

Adjuntamos las tablas que la empresa nos ha presentado con los datos que corresponden a cada nivel.

DIRECTOR

CLUSTER OFICINA
NIVEL
SALARIO CONVENIO
FUNCIONAL ANUAL
SALARIO OBJETIVO
7
III
35448,28
5400
40848,28
6
III
35448,28
4200
39648,28
5
IV
33519,41
3300
36819,41
4
IV
33519,41
2400
35919,41
3
V
32453,52
2100
34553,52
2
V
32453,52
1200
33653,52
1a
VI
31387,7
600
31987,7
1b
VII
29965,73
600
30565,73


SUBDIRECTOR

CLUSTER OFICINA
NIVEL
SALARIO CONVENIO
FUNCIONAL ANUAL
SALARIO OBJETIVO
7
IV
33519,41
2400
35919,41
6
V
32453,52
1800
34253,52
5
V
32453,52
1200
33653,52
4
VII
29965,73
1200
31165,73
3
VIII
28960,73
900
29860,73
2
IX
27446
0
27446
1a
X
26158,6
0
26,158,6
1b
X
26158,6
0
26158,6


Los gestores de banca de empresas, los gestores de Banca Personal y los Gestores Comerciales tendrán un variable diferenciado del resto de puestos. Además los gestores de Banca de Empresas y Gestores personales percibirán los siguientes pluses anuales.  No se ha explicado en que porcentaje se aplica la diferenciación del variable.

GESTOR BANCA DE EMPRESAS

CLUSTER OFICINA
NIVEL
       SALARIO CONVENIO
FUNCIONAL ANUAL
SALARIO OBJETIVO
7
VIII
28960,73
1800
30760,73
6
VIII
28960,73
1800
30760,73
5
VIII
28960,73
1800
30760,73
4
VIII
28960,73
1800
30760,73
3
VIII
28960,73
1800
30760,73
2
IX
27446
0
27446
1a
IX
27446
0
27446
1b
IX
27446
0
27446


GESTOR DE BANCA PERSONAL

PARA CUALQUIER CLUSTER DE OFICINA ES DE 1200 EUROS ANUALES

Este modelo entra en vigor en la nómina de Enero 2015.

Recordamos que este modelo no está negociado con la parte sindical, aunque se hayan podido escuchar alguna de nuestras propuestas como la aplicación de pluses a los gestores, otras muchas se han desoído. UGT remitirá informe al respecto que os haremos llegar a toda la plantilla.

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